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Guía de uso

Representación

Escriba para buscar un concepto, nodo o trámite.

    Alcaldía del Centro Histórico de San Salvador Documentación de trámites

    La representación es el vínculo formal que permite a una persona asociada actuar en nombre del titular. La solicitud queda del titular.

    La asociación, por sí sola, no habilita representar. El vínculo se vuelve operativo cuando la institución lo aprueba. Recién entonces el selector de contexto del Website puede listarla. Impersonar es usar esa asociación aprobada para ejecutar el trámite.

    Representar no hace dueño de la carpeta. El propietario lo define el flujo al vincular propietarios.

    Figura 1. Persona asociada (portal) ≠ propietario ni rol sobre el expediente.

    No mezclar con la carpeta

    • Vincular propietario

      Quién es dueño de la carpeta.

    • Unir registros

      Esta carpeta con otra, en ambos sentidos. Ver Asociación de registros.

    • Representar

      Asociación de personas aprobada. Impersonar es usarla en el portal.

    El flujo cambia si la persona destino ya tiene cuenta.

    Dos caminos

    • Ya tiene cuenta

      Se identifica al titular, se busca a la persona destino por documento, se capturan los datos de la asociación y la institución confirma o rechaza. Aprobada, se habilita la representación.

    • Aún no tiene cuenta

      Se pide el correo para continuar. Puede exigir respaldo documental, según el nodo. Tras la aprobación queda como usuario pendiente. El vínculo se activa cuando esa persona completa el registro.

    Ninguna asociación otorga representación sin una decisión explícita.

    Resultados

    • Aprobada

      Se persiste el vínculo, se activan permisos, se registra el poder y se notifica.

    • Rechazada

      No se crea vínculo ni permiso.

    • Aprobada, sin cuenta aún

      Usuario pendiente; se activa al registrarse.

    La vigencia del poder puede llevar fecha de vencimiento o dejarse sin término. Si está vencida, no se continúa en nombre de esa persona.

    En el menú del Website, Representantes y Representaciones son dos entradas: a quién puede representar, y quién lo representa. Eso no aparece en el administrador como «dueño del expediente».

    Qué solicitudes ve la persona asociada de una persona natural depende de lo acordado: las del titular, o solo las que ella misma inició.

    Pasar esas solicitudes a otra persona es reasignación — no un cambio de dueño ni de propietario.

    Impersonación · Propietario · Jerarquías · Reasignación · Portal externo